Código de Red mitigando multas y sanciones.

Los integrantes del mercado eléctrico que no cumplan con el CR pueden recibir multas, las cuales oscilan entre 50 a 200 mil salarios mínimos, de 4.4 a 17 millones de pesos y/o de entre el 2 y el 10% de los ingresos brutos percibidos en el año anterior.
La CRE dictaminará el monto de éstas con base al grado de cumplimiento con el CR y el grado de afectación en el SEN.
Además, al no cumplir con el CR su empresa se expone a unos mayores costos de energía, debido a cargos por bajo factor de potencia por debajo de 0.95 y una reducción de la calidad de la energía.
La instalación de nuevos medidores y sistemas de comunicación observa parcialmente los requisitos del CR, no totalmente.
En particular, las empresas deben también respetar los requerimientos de factor de potencia y de calidad de energía especificados en el CR.
El cumplimiento del CR es un requisito independientemente si la empresa sigue con CFE como Suministro Básico.
Sin embargo, la CRE sí indica que las empresas deben demostrar progresos sustanciales en sus planes de acción para cumplir con el CR y que las que no muestren el suficiente compromiso para cumplir con el CR, podrían recibir multas.

Fuente: Energía Hoy 25/06/2019

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